EPI CATEGORIA I

Equipos de protección individual que tengan por finalidad proteger al usuario de:
a) Las agresiones mecánicas cuyos efectos sean superficiales (guantes de jardinería, dedales, etc.).
b) Los productos de mantenimiento poco nocivos cuyos efectos sean fácilmente reversibles (guantes de protección contra soluciones detergentes diluidas, etc.).
c) Los riesgos en que se incurra durante tareas de manipulación de piezas calientes que no expongan al usuario a temperaturas superiores a los 50ºC ni a choques peligrosos (guantes, delantales de uso profesional, etc.).
d) Los agentes atmosféricos que no sean ni excepcionales ni extremos (gorros, ropas de temporada, zapatos y botas, etc.).
e) Los pequeños choques y vibraciones que no afecten a las partes vitales del cuerpo y que no puedan provocar lesiones irreversibles (cascos ligeros de protección del cuero cabelludo, guantes, calzado ligero, etc.).
f) La radiación solar (gafas de sol).

Estos equipos no deben ser sometidos a Examen CE de tipo y por tanto no disponen del correspondiente certificado. No obstante, como cualquier otro EPI comercializado en la Unión Europea, deben ir provistos del marcado CE y, en su caso, de las marcas adicionales que indiquen las normas técnicas empleadas para su diseño. Igualmente, deberán contar con la Declaración de Conformidad y las instrucciones del fabricante que permitan su uso correcto.

En Balsamar disponemos de más de un millar de referencias de productos de Equipamiento de Protección Individual. No dude en ponerse en contacto con nosotros para cualquier consulta.

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